Porque los jueces no aplicaron las leyes más beneficiosas para las víctimas que reclaman un predio en Urabá, la Corte Constitucional falló en su favor y derogó las decisiones que tomaron la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal de Justicia y Paz de Medellín.
Se trata de la reclamación de 21 familias campesinas quienes denunciaron haber sido desplazadas de sus tierras, en la vereda Guacamayas, del municipio de Turbo (Antioquia) entre los años 1996 y 1997 por miembros del Frente Arlex Hurtado de las Autodefensas Unidas de Colombia (Auc), lideradas por Raúl Emilio Hasbún Mendoza.
Esos paramilitares cometieron diversos delitos como homicidios y masacres, lo que creó un contexto de violencia generalizada en ese territorio y llevó a que los parceleros vendieran sus predios a “precios irrisorios” para salir del peligro.
En la actualidad, esa propiedad se encuentra en poder de la empresa Inmobiliaria e Inversiones ASA S.A, que absorbió a la sociedad Las Guacamayas Ltda.
Después de varios años de trámite judicial, la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo que tenía como fundamento normas de la Ley de Justicia y Paz que aplicaron para los paramilitares desmovilizados de las autodefensas y no para las víctimas del conflicto armado.
También se aplicaron leyes que ya habían sido derogadas, por lo que la Sala Plena de la Corte Constitucional decidió que en este caso “no se dio cabal aplicación a las presunciones y demás beneficios procesales para las víctimas contemplados por el legislador desde finales del año 2012, con miras a asegurar el goce efectivo de sus derechos fundamentales”.
La alta corte dispuso dejar sin efectos la providencia acusada y ordenó proferir una nueva decisión.