a Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia remitió a la Jurisdicción Especial de la Paz la petición de suspensión de la ejecución de la orden de captura que presentó uno de los militares condenado a 34 años de prisión por la denominada Masacre de Apartadó por los delitos de concierto para delinquir y homicidio en persona protegida.
El alto tribunal tomó la decisión al considerar que “es competencia o del resorte exclusivo de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, por expreso mandato legal” la autoridad que “deberá pronunciarse si respecto de ellos procede la renuncia a la persecución penal o la aplicación de las penas propias, alternativas u ordinarias previstas para quienes se someten a esa jurisdicción, con sujeción a los respectivos procedimientos”.
Señaló que los militares fueron investigados y condenados por conductas ilícitas, por infracción al deber de garante, “ya que habiendo estado en condiciones de poder evitar” una masacre por parte de las Autodefensas Unidas de Colombia no lo hicieron.
Según la investigación, el 17 de febrero de 2005 tropas de la Brigada XVII del Ejército Nacional iniciaron la denominada operación “FENIX” y la misión “FEROZ”, cuyo objetivo era combatir a las autodenominadas “Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia” (FARC), específicamente a sus Frentes 5 y 58, así como a las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), los cuales delinquían en la jurisdicción de San José de Apartadó (Antioquia).
Agrega el expediente que la actividad militar se llevó a cabo según las instrucciones impartidas por el comandante del Batallón Vélez, teniente coronel Orlando Espinosa Beltrán, y su oficial de Operaciones, el mayor José Fernando Castaño López, y en el área de ejecución fue dirigida, entre otros, por el entonces capitán Guillermo Armando Gordillo Sánchez.
Añade que cada pelotón “lo integraban entre 36 o 40 militares que estaban debidamente equipados con armamento de guerra (fusiles, ametralladoras, munición, granadas, morteros, lanza cohetes, radios de comunicación, etc)”.
Señala la investigación que para el 19 de febrero 2005 toda la Compañía Bolívar, con el acompañamiento de dos guías (alias “Jonás” y alias “Ratón”) suministrados por la Brigada, llegó al sitio conocido como “Cerro Castañeda” o “Cerro Aldana”, donde se les unieron cerca de cincuenta integrantes del bloque “Héroes de Tolová” de las AUC que portaban fusiles, granadas y material de guerra, con quienes el Cte. Gordillo Sánchez, “aduciendo que esas eran las instrucciones, ordenó a sus subordinados seguir patrullando, para lo cual los integrantes del grupo armado ilegal marcharían delante de la Fuerza Militar legítima”.
No obstante, el 21 de febrero los miembros del bloque “Héroes de Tolová” al pasar por la vereda Mulatos Alto asesinaron a una familia “porque les parecieron integrantes de grupos insurgentes, y luego los enterraron en fosas comunes”.
Los miembros del grupo armado ilegal continuaron el recorrido acordado, y hacia el mediodía vieron una casa llena, “supuestamente”, de guerrilleros y procedieron a atacarla con armas de fuego.
Sin embargo, los militares cuando llegaron a los sitios donde se presentaron esas muertes y tuvieron conocimiento de estas, “no lo reportaron, sino que fue por aviso de los habitantes de la región que las autoridades se enteraron de lo acaecido”.