En noviembre de 2021 y después de más de 20 años de haber salido desplazadas de sus fincas, las familias de los campesinos Reynaldo Pascual Villalba y Manuel Gregorio Hernández pudieron regresar a sus tierras en Turbo, en el Urabá antioqueño. Sus casos son ya emblemáticos, pues se trata de labriegos que pudieron recuperar sus terrenos de manos del exmagistrado de la Corte Constitucional Jorge Pretelt, hoy condenado por hechos de corrupción en el alto tribunal, quien se había hecho a esas propiedades despojadas.
Sin embargo, Pretelt no fue el único opositor en ese proceso de restitución de tierras para las familias Villalba y Hernández. También lo fue el Banco Davivienda. ¿Por qué esa entidad financiera igualmente perdió en esa disputa por los terrenos?
Según la sentencia del 9 de marzo de 2020 emitida por el Tribunal Superior de Antioquia, Reynaldo Villalba adquirió el predio No Hay Como Dios, de 64 hectáreas, ubicado en la vereda Puya Arriba, de Turbo, en junio de 1989. Por su parte, Manuel Gregorio Hernández adquirió el fundo Alto Bonito, de 44 hectáreas y ubicado en la misma vereda, mediante adjudicación del Incora en 1987. Pero poco más de una década después ambos empezaron a recibir presiones de miembros de un grupo paramilitar para que vendieran sus fincas.
Ambos predios son contiguos a la denominada ‘Hacienda La 35′, que se extiende por entre los municipios de San Pedro de Urabá, Arboletes y Turbo. Como ha establecido la justicia, dicho predio sirvió de corredor, centro de operaciones y base paramilitar para los miembros del grupo armado de la Casa Castaño, que llegó al Urabá antioqueño desde Córdoba.
A Villalba, incluso, lo fueron a buscar hasta Montería emisarios del paramilitarismo, a donde él y su familia se habían desplazado por las presiones de los armados. Allá, finalmente, terminó accediendo a vender su predio. En el caso de él y en el de Manuel Gregorio Hernández, quien quedó como la nueva dueña de las tierras después del año 2000 fue Martha Ligia Patrón, esposa del exmagistrado Jorge Pretelt.
Años después, Patrón le transfirió ambas tierras a Pretelt, quien en junio de 2005 los unió a otros tres terrenos para formar una sola finca de más de 243 hectáreas. El objetivo de ese englobe fue acceder a un crédito de $512 millones de pesos del programa Finagro, otorgado por Bancafé hoy Davivienda. Para concederle ese crédito, el banco le recibió como garantía hipotecaria las tierras despojadas a los campesinos.
Según el fallo de marzo de 2020, el nuevo dueño utilizó el dinero del crédito para consolidar su proyecto ganadero a escala industrial y compró novillas, construyó represas, corrales, cercas eléctricas y depósitos de agua. Las reses reemplazaron entonces los cultivos de maíz, arroz, yuca, ñame, árboles frutales, las aves de corral y los cerdos que tenían antes los campesinos.
Para Ilhan Can, investigador de la fundación Forjando Futuros que le hace seguimiento a los procesos de restitución de tierras, ese caso es ejemplo de un comportamiento recurrente por parte de los bancos que ha sido documentado en las sentencias de restitución y reprochado por los jueces. “Los bancos facilitaron el despojo”, sostiene Can. El investigador afirma que estas entidades financieras otorgaron a los acumuladores de la tierra despojada créditos para que sobre esos terrenos se levantaran proyectos agroindustriales que cambiaron el uso del suelo – de una economía campesina familiar a una economía agroindustrial – y lo hicieron sin escudriñar en el pasado violento de esas tierras despojadas que recibieron en hipoteca para los créditos.
Justamente cuando los campesinos acudieron a reclamar sus antiguos predios, el banco apareció como opositor porque tenía una hipoteca a su favor sobre esas tierras y alegó su buena fe exenta de culpa. Según la oposición de Davivienda en el caso Pretelt, antes de conceder el crédito, esa entidad (antes Bancafé) hizo un estudio de títulos “sin que encontrara ninguna irregularidad” en la tradición del predio. Por eso, pedía una compensación en caso de que la finca fuera restituida.
El tribunal desvirtuó lo dicho por el banco y dijo que no actuó con buena fe exenta de culpa. “No se vislumbra estudio alguno realizado acerca de la situación de orden público que soportó la región de ubicación del predio para el momento en que fueron adquiridos y englobados (…) para descartar que su enajenación hubiese estado exenta de cualquier vicio y que el consentimiento de los allí enajenantes no hubiese estado viciado por la serie de violaciones sistemáticas a los derechos humanos y graves y manifiestas violaciones al derecho internacional humanitario que dejó demostrado el contexto de violencia”, detalla el fallo
Además, para el tribunal “ello implicaba una notificación implícita de la ilegalidad de cualquier negociación que sobre los mismos se adelantara bajo ese ambiente”, misma que fue omitida por el banco al concederle el crédito a Pretelt. Como consecuencia, el tribunal anuló la hipoteca al Banco Davivienda y le negó la compensación.
Davivienda, según la información enviada a este diario, ha sido vinculado en 15 procesos de restitución en los que se han emitido sentencias favorables para las víctimas. En su mayoría, son casos que tienen origen en el banco Bancafé, que fue adquirido por Davivienda en 2007.
Sobre los créditos otorgados a los acumuladores de la tierra despojada el banco sostuvo que en esos casos actuó de buena fe exenta de culpa, pues previo al otorgamiento de dichos créditos siempre se hace el estudio de la cadena de tradición y se corrobora que el hipotecante aparezca como el propietario en la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos. Sin embargo, como ya se dijo, los jueces dijeron que ello no era suficiente para demostrar debida diligencia y que no actuaron de buena fe exenta de culpa, pues la situación de violencia en muchas de esas regiones era un hecho notorio de conocimiento público.
“Es muy difícil detectar casos de despojos de tierras cuando a estos actos se les ha dado un manto de legalidad avalado por notarios y la oficina de registro de instrumentos públicos que respaldan la propiedad inscrita en los respectivos folios de matrícula inmobiliaria y no existe información que permita inferir algún tema por fuera de la ley”, respondió Davivienda a este diario.
Frente al hecho de que los jueces establecieron que el banco no actuó de buena fe, Davivienda respondió que es entendible esa respuesta en los fallos, pues “los jueces, con mayor información al momento de tomar la decisión que cuando se celebran las operaciones de crédito, privilegien los intereses de las víctimas y, en tal medida, decidan declarar la restitución de tierras en favor de las víctimas despojadas, decisiones frente a las cuales el banco es respetuoso”, detalla la entidad.
Créditos a despojadores relacionados con la Casa Castaño
Según datos de la fundación Forjando Futuros, casos como ese se han presentado en al menos 248 predios despojados durante el conflicto armado, documentados en los fallos de restitución, expedidos tras la ley de 2011. En esos procesos, los jueces han reprochado la falta de diligencia de los bancos a la hora de otorgarles créditos a quienes acumularon la tierra despojada y en todos los casos ha declarado nulas las hipotecas.
Esto sucedió incluso en casos de predios despojados por la Fundación para la Paz de Córdoba (Funpazcor), la fachada de la Casa Castaño cuya gerente fue Sor Teresa Gómez, esposa de Manuel Gil y cuñada de sus medio hermanos Carlos y Fidel Castaño, jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).
A principios de la década de 1990, a través de esa fundación los hermanos Castaño “donaron” parcelas a campesinos sin tierra, aunque realmente siempre siguieron con el control de esos fundos. Pero luego de una década, los paramilitares quisieron recuperar esos terrenos y sacar a los campesinos, una labor de la que se encargó Sor Teresa Gómez. A través de emisarios, la mujer presionó a los parceleros para que vendieran y esas ventas forzadas terminaron materializandose en las oficinas de Funpazcor, en Montería, como lo evidencia una sentencia del Tribunal Superior de Antioquia del 27 de marzo de 2017.
En ese caso, los reclamantes fueron 10 parceleros a quienes Funpazcor les donó terrenos en zona rural de Montería en 1991, pero que luego fueron despojados por funcionarios de esa entidad entre 1999 y 2022. En medio de ese despojo, los predios terminaron en manos de supuestos compradores que los campesinos ni siquiera conocían. En este caso aparecen Guillermo León Restrepo y Gabriel Jaime Vásquez, que a su vez aparecen en decenas de procesos de restitución como opositores pues en manos de ellos terminaron muchas de las parcelas reclamadas por los campesinos.
Los nuevos dueños de los terrenos después reclamados por los campesinos, acumuladores de enormes cantidades de tierra, usaron el mismo modus operandi descrito en el caso de Pretelt: acudir a los bancos para hipotecar esos predios, obtener créditos y levantar proyectos ganaderos sobre esos suelos. En el caso de Restrepo y Vásquez, accedieron a un préstamo del banco BBVA, hipotecando los predios a los que se hicieron y que habían sido despojados por Funpazcor. En el fallo, el tribunal declaró nula la hipoteca.
“En Hollywood, en los años 30, Al Capone (gángster estadounidense) iba al banco con los costales llenos de dinero. Todo el mundo sabía de dónde venía, pero simplemente no preguntaban nada. En este caso ocurre algo similar: hay una zona donde el paramilitarismo está floreciendo, despojan a los campesinos, y una persona, relacionada con Funpazcor, llega al banco a hipotecar decenas de predios englobados. Con el dinero de los préstamos realizaron los proyectos agroindustriales”, sostiene el investigador Can.
Para él, el despojo no debe verse solo como el momento en que se obtiene el título del predio, sino como todo un proceso que terminaba en los grandes proyectos agroindustriales en tierra acumulada que inicialmente había sido destinada para reforma agraria, es decir, para campesinos sin o con poca tierra. Y allí, en lo que para él es un paso fundamental en todo el proceso, los bancos tuvieron parte como queda evidenciado en las sentencias.
En la sentencia que resolvió el caso contra Pretelt, el tribunal explicó: “debe tenerse en cuenta que la seguridad y eficacia de la hipoteca radica en que el derecho del hipotecante se encuentre libre de todo vicio o condición, de manera que, ante cualquier litigio sobre el dominio del inmueble, quede incólume (intacto) su derecho”. Cosa que no ocurrió en los casos estudiados en restitución de tierras, donde los estudios básicos elaborados por los bancos no fueron considerados como suficientes y diligentes para los jueces.
El banco BBVA, según los registros de Forjando Futuros, aparece vinculado en 85 predios despojados, restituidos por los jueces. En su caso, provienen en su mayoría del Banco Ganadero, aunque según sus registros se trata de solo seis casos. “Estas operaciones puntuales, ni en número, ni en cuantía, tienen especial impacto en las operaciones totales”, aseguró el banco.
En su comunicación, la entidad afirmó que el entonces Banco Ganadero siempre actuó de buena fe y con diligencia a la hora de otorgar los créditos. “Para el Banco no era posible conocer que se trataba de bienes despojados, porque debe resaltarse que los notarios de las regiones habían autorizado las escrituras de venta y las oficinas de registro de los círculos de las regiones donde se ubican los bienes las habían inscrito en debida forma”, respondió en similar sentido que Davivienda. Sin embargo, según han establecido los jueces, los bancos pudieron – y debieron – haber hecho más.
Los remates de los predios de las víctimas
En otros casos, quienes habían solicitado créditos hipotecarios al banco eran los mismos campesinos, que luego salieron desplazados por la violencia y por ende no pudieron seguir pagando las cuotas del crédito. Mientras los labriegos estuvieron desplazados, el banco remató sus predios que terminaron con otros dueños. Hoy los jueces han reconocido su derecho a la restitución.
El campesino Natividad Navarro obtuvo en agosto de 1992 y por adjudicación del Incora el predio Nueva Dicha, en la vereda Sicarare de Valledupar. Allí vivió por 10 años con su esposa y sus 10 hijos, y levantó cultivos de café y cría de ganado de subsistencia. Hasta que aparecieron los paramilitares, que empezaron a cometer homicidios selectivos en el poblado y señalaron a los habitantes de la vereda de ser auxiliadores de la guerrilla que había tenido presencia allí. Los armados les ordenaron abandonar la zona diciendo que no querían guerrilleros o no responderían.
En julio de 2002, la familia Navarro, junto con la mayoría de los vecinos de la vereda, salió desplazada de la zona y fue a parar a Pueblo Bello. En esa situación vendió sus reses a un comerciante de la región, pero el camión que llevaba los animales fue interceptado por los paramilitares, que los hurtaron y asesinaron al comprador. Entonces el campesino y su familia se desplazaron hacia Barranquilla y luego a Valledupar.
Pero el labriego había adquirido un crédito con el Banco Agrario, respaldado con hipoteca sobre su predio Nueva Dicha. Por su desplazamiento no pudo seguir pagando las cuotas y mientras estuvo desplazado el banco le inició un proceso por incumplimiento en los pagos. El campesino intentó retornar a su tierra a partir de 2006, nunca logró hacerlo y en 2010 el banco remató su predio. En ese remate la finca fue adquirida por Néstor Hinojosa Alarza, quien a su vez lo transfirió a Alejandro Páez Ospino y así el dueño original terminó perdiéndolo.
Los hechos están contenidos en la sentencia emitida el 29 de mayo de 2019, por el Tribunal Superior de Cartagena, que estableció que el remate se dio por la situación de precariedad económica del campesino, producto de su desplazamiento forzado. Por eso en el fallo se consideró imperioso anular toda la actuación judicial que siguió el banco contra el reclamante que terminó en el remate del bien. Además, se anuló la compraventa que hizo Hinojosa a Páez Ospino.
El tribunal ordenó la restitución del predio a su antiguo dueño, pero como los actuales propietarios lo habían adquirido de buena fe, luego de comprárselo a quien lo obtuvo mediante diligencia de remate, tuvo que ordenar para ellos la compensación económica equivalente al valor comercial de la finca que se restituyó. Dicha indemnización fue asumida por el Estado, y no el banco que remató el predio.
Según Forjando Futuros, en 161 predios los bancos concedieron créditos a los acumuladores de la tierra despojada recibiendo en garantía la tierra despojada. En otros 87 predios fueron las entidades financieras las que terminaron materializando el despojo cuando las víctimas de desplazamiento no pudieron cumplir con los pagos.
Davivienda, en su respuesta a este diario, sostuvo que los bancos tienen el deber de ejecutar las garantías que los deudores ofrecen cuando estos no pagan oportunamente. “En los casos en que puede haber situaciones de desplazamiento, que el banco no conocía ni pudo conocer y, por ende, actuó siempre bajo los presupuestos de la buena fe, la ley ha establecido beneficios para las víctimas, tales como, condonación o refinanciación, negociación y pago con descuento a la entidad financiera, no reportes en centrales de riesgo y, en general, obtener arreglos razonables que permitan el pago de la deuda con beneficio en condiciones favorables, evitando que la garantía se tenga que ejecutar”. Sin embargo, advirtió, que si las víctimas no se acreditan como tal en esos procesos, se debe proceder a la ejecución de las garantías.