Urabá - 1 febrero, 2021

Arrestado alcalde de Carepa por desacato

Por Noticias Urabá

El Juzgado promiscuo Municipal de Carepa, sancionó al alcalde de esta localidad, Jonnan Alexis Cerquera, con tres días de arresto y tres salarios mínimos legales, como multa, por el desacato a una tutela que había sido fallada en favor del personero de este municipio, abogado Arlinton Cuesta Mosquera.

“En lo que atañe a la responsabilidad, del doctor Jonnan Alexis Cerquera, en calidad de alcalde municipal de Carepa, y superior jerárquico, como el responsable y representante legal de la entidad pública de orden territorial municipal, o del encargado de cumplir con los fallos de tutela al interior de la entidad accionada, se ha de significar, desde ya, no existe ninguna causal que exima de responsabilidad al encargado de cumplir el fallo de tutela emitido el 15 de mayo de 2020 por este despacho, y en el cual se tuteló el derecho fundamental de petición invocado por el doctor Arlinton Cuesta Mosquera, en nombre y representación de la personería del municipio de Carepa, pues la entidad accionada conoce claramente lo resuelto en el fallo de tutela, así como los argumentos que el despacho en su oportunidad expuso para tutelar los derechos del accionante”Jonna Alexis Cerquera-Alcalde de Carepa “Debe advertir el juzgado que, con posterioridad a las pruebas recaudadas, el accionado no allegó documento alguno con el que demostrase que ya le hubiera dado cumplimiento total o integral a la orden de tutela emitida, debiéndose llamar la atención, cómo en este caso, ni siquiera se pronunció frente a los requerimientos de este despacho judicial”

“Así las cosas, como quiera que se encuentran configurados los presupuestos para sancionar por desacato al funcionario encargado de cumplir con el fallo de tutela, esto es, al alcalde municipal de Carepa, siendo su representante legal, el Dr. Jonnan Alexis Cerquera, se le impondrá la sanción restrictiva de la libertad de tres (3) días de arresto y la pecuniaria consistente en multa de tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes”

“La sanción de arresto la descontará el citado funcionario en las instalaciones del Departamento de Policía de Urabá cuyo comandante deberá informar al Juzgado cuando el arresto sea cumplido en su integridad”

“El valor de la multa se consignará a órdenes del Consejo Superior de la Judicatura en la cuenta denominada DTN-Multas y Cauciones-Consejo Superior de la Judicatura 050-00118-9 del Banco Popular. La multa deberá consignarse dentro del término máximo de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente decisión.” Concluyó el despacho en su sentencia, la cual podrá ser apelada por el afectado.

Fuente: https://www.facebook.com/elboomdeuraba/posts/3660228154046540