La magistrada relatora de la Sala de Reconocimiento de la JEP, Nadiezhda Henríquez, acreditó a 37 víctimas de la masacre de “La Chinita”, en el marco del Caso 04, que prioriza la situación territorial de la región de Urabá.
A través del Auto SRVNH-04/03-11/20, el despacho acreditó como intervinientes especiales en calidad de víctimas del conflicto armado a 37 miembros del barrio La Chinita, de Apartadó (Antioquia), agrupadas para efectos de la participación judicial.
Para esta acreditación, entre otros requisitos, se tuvo en cuenta el relato de los hechos ocurridos y la prueba de la condición de víctimas de los solicitantes, quienes le contaron a la JEP lo sucedido entre la noche del 22 y el amanecer del 23 de enero de 1994, cuando en medio de una verbena popular un grupo de aproximadamente veinte hombres armados, pertenecientes al Frente 5 de las Farc-EP, entraron al lugar y dispararon indiscriminadamente contra la gente, dejando un saldo de 35 personas asesinadas.
Igualmente, las víctimas sobrevivientes a estos hechos, en la solicitud presentada ante la JEP el pasado 9 de diciembre, manifestaron ser hijos, padres o hermanos de 14 de las personas asesinadas durante esta masacre.
En su solicitud, las víctimas representadas por la Fundación Forjando Futuros también le manifestaron a la JEP que el comandante del Frente 5 de las Farc-EP, para la fecha de los hechos, admitió que su grupo habría sido el artífice de los acontecimientos ocurridos.
En el Caso 04 de la JEP se han acreditado más de 1.700 víctimas, que, en su calidad de intervinientes especiales, podrán presentar sus observaciones a las versiones que ya están rindiendo comparecientes de las Farc-EP y de la fuerza pública en este caso.
Las víctimas acreditadas podrán participar en la versión reservada que rendirá hoy ante la JEP Jhover Man Sánchez Arroyabe, quien fue conocido como “Rubén Cano” o “Manteco” y quien comandó el frente 58 de las Farc-EP, que operó en la Serranía de Abibe.
Los derechos de las víctimas que se acreditan ante la JEP
Las víctimas que se acreditan ante la JEP tienen derecho a:
– Participar en todas las instancias del proceso, de acuerdo con lo establecido en la ley
– Recibir asesoría, orientación y representación judicial a través del Sistema Autónomo de Asesoría y Defensa (SAAD), de la Secretaría Ejecutiva de la JEP.
– Estar informadas del avance de la investigación del proceso.
– Aportar pruebas, asistir a las diligencias e interponer recursos contra las decisiones que profieran
– Solicitar acompañamiento psicosocial y jurídico en los procedimientos
– Solicitar medidas de protección en el caso que sus derechos fundamentales sean amenazados por participar ante la JEP.
– Presentar observaciones a las versiones que les sean trasladadas.
– Asistir a la audiencia de reconocimiento de verdad y responsabilidad y presentar observaciones finales.
– Presentar observaciones en relación con los proyectos restaurativos formulados por los comparecientes, entre otros.
¿Qué es el caso 04 de la JEP?
El 11 de septiembre de 2018 la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la JEP dio apertura del caso que prioriza la Situación Territorial de la Región de Urabá, para investigar los hechos constitutivos de graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario entre el 1 de enero de 1986 y el 1 de diciembre de 2016, en los municipios de Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba en el separtamento de Antioquia, y el Carmen del Darién, Riosucio, Unguía y Acandí, en el departamento de Chocó.